lunes, 16 de septiembre de 2013

¿Se terminó el gas barato?

 
Los usuarios conectados a la red de gas se han visto sorprendidos por el incremento de la factura  que fue distribuida en la semana anterior. A propósito y ante múltiples reclamos,  la cooperativa local realizó la pertinente consulta al ente regulador del servicio de Gas Natural por Red (BAGSA). En la fecha el citado organismo formulado su respuesta cuyo texto acompañamos y en el cual se informa que no se trata de quita de subsidios sino de equiparación de las tarifas a lo usuarios del gas natural que llegas por gasoductos. Como reza el dicho popular: "A pagar y ha disculparse" considerando, que el monto a  abonarse en el futuro puede ser mayor ya que, el Estado Nacional tiene en carpeta, según informan algunos medios capitalinos, un fuerte incremento de tarifas de servicios públicos en Octubre.
Si bien paga lo mismo el cuidados que el derrochón, puede que el alza en el costo del servicio de gas sirva para que recapaciten  aquellos que, con los calefactores al máximo, se paseaban en camiseta en pleno invierno por su casa, haciendo caso omiso a las recomendaciones de un consumo racional atendiendo a que se trata de una fuente de energía escasa.
Transcribimos la respuesta de BAGSA:

APLICACION SUBSIDIO TARIFA GLP

SE PONE EN CONOCIMIENTO DE LOS USUARIOS DE GLP ABASTECIDOS POR BAGSA, QUE NO HA EXISTIDO NINGUNA MODIFICACION AL SUBSIDIO APLICADO POR EL ESTADO NACIONAL SOBRE EL VALOR DEL GLP DISTRIBUIDO POR REDES, NI TAMPOCO RESPECTO DEL FIJADO POR LA LEY 13.126 A NIVEL PROVINCIAL Y MUCHO MENOS SU DEROGACION.

Sí es conveniente aclarar que en el marco de un nuevo contexto energético, producido por la creación del  “Cargo de gas Importado” aprobado por el Decreto Nº 2067 que alcanza a los usuarios abastecidos por un sistema de gas natural, se ha visto desvirtuada la aplicación de la Ley 13126 tal como fue sancionada, ya que los servicios abastecidos por GLP que registran mayor consumo, resultan más económicos que los de Gas Natural, no habiendo sido este el fundamento del Legislador al momento de la sanción de la Ley de Compensación Tarifaria.
La mejor manera de explicarlo es transcribiendo el ARTICULO 1º de la Ley 13.126, que dice: “Establécese la creación de un Sistema Provincial Compensador de la Tarifa de Gas, destinado a subsidiar a los usuarios residenciales –usuarios R- y usuarios de Servicios General Pequeño –usuarios SGP- de servicios de gas por redes que se abastecen con gas natural comprimido (GNC), gas natural a presión (GNP), gas licuado de petróleo (GLP) y gas natural licuado (GNL), CUANDO las tarifas que rijan para dichos servicios resulten SUPERIORES a las vigentes para los servicios de gas natural de la misma zona tarifaria alimentados por gasoducto”. Situación que hoy no se produce como consecuencia de la inclusión del Cargo Gas en los usuarios de mayores consumos de las redes abastecidas con Gas Natural.
En forma complementaria,  si se analizan los FUNDAMENTOS de la Ley 13.126, se verá que los mismos plantean los principios de: EQUIDAD respecto de los usuarios que reciben el servicio de gas, ESTRICTA JUSTICIA, para quienes viven en los sitios más alejados de nuestro Interior Bonaerense e IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y DE TRATO, fomentando la remoción de obstáculos de tipo social y económico que promueven desigualdades.
En resumen se estableció que el usuario de GLP pague lo mismo que un usuario de Gas Natural considerando todos los componentes de su costo, respetando como límite máximo la tarifa aprobada por el ENARGAS para la zona de incumbencia, evitando que un usuario de GLP pague más que la tarifa aprobada por la Autoridad Regulatoria.
De esta manera no se modifica la Ley, no se modifica la situación del usuario de GLP respecto del de Gas Natural y se logra el cumplimiento cabal de los objetivos que tuvieron los Legisladores Provinciales al sancionar esta normativa.-
                                       PRESIDENTE BUENOS AIRES GAS S.A.

                                                       GERENCIA LEGALES.

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